En tal virtud, se decreta MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre dos (02) bienes inmuebles propiedad del demandado, hasta alcanzar la suma de CUATROCIENTOS VENTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (424.609.500,00 BS), cantidad esta arrojada mediante experticia complementaria del fallo, realizada por el Único Experto Contable designado por este Tribunal, a razón de los daños y perjuicios condenados el cual quedo definitivamente firme; mas las costas procesales calculadas prudencialmente en un 25% sobre esta cantidad, es decir CIENTO SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 106.152.375,oo). En tal sentido, para la práctica de la Medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, y a tal efecto se ordena librar Despacho mediante Oficio, facultándolo para designar Depositario Judicial y Perito Avaluador y tomar.....