Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Revisar y Sustituir la Medida de Coerción Personal, por una LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano DOUGLAS JOSÉ HURTADO, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, soltero, de 40 años de edad, de profesión u oficio pescador, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 14.291.949, nacido en fecha 11/05/1975, hijo de Damaso López y Mercedes Hurtado y residenciado en Tacoa, calle principal, casa s/n, cerca de la panadería, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano CARLOS MODESTO MOLINA, y el delito de AGAVILLAMIENTO, pre.....