En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley ACUERDA DESIGNAR DEFENSOR PRIVADO al abogado CATALINO GONZÁLEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.784.196, inscrito en el IPSA bajo el Nº 45,432, con domicilio procesal en calle Ecuador, casas Nº 16, frente a Ferretería La Económica, Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, teléfono 0414-8176220; para que asista a la adolescente OMISSIS; quien es investigado por la presunta comisión de uno de los delitos en perjuicio del Niño OMISSIS todo de conformidad con lo establecido en los artículos 654, Literal "C" y 657 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 137 y 139 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Notificación al Defensor Privado desi.....