este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Primero de Control del Sistema de Responsabilidad penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra los XXXXXXXXXXXXXXXXX en la presente causa seguida por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado venezolano; conforme al artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; consistente: la Obligación de presentarse ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada TREINTA (30) DÍAS. La libertad de los imputados de autos, se materializa desde la sala de audiencias, dejándose constancia que se retiran en perfecto estado de salud física. La presente decisión, tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución .....