declara: Sin lugar la solicitud de nulidad absoluta interpuesta por la defensa del adolescente XXXXXX; a quien se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de XXXXXXX. Todo, con fundamento en los artículos 555 y 654 de la LOPNNA, 190, 191, 193 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal; así como los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Dada la declaratoria sin lugar de nulidad, se acuerda fijar el día 26-06-09, a las 11:00 de la mañana, a los fines de realizar la audiencia preliminar. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele porque no se vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que pudieran figurar, ya sea en calidad de víctima o acusado, mediant.....