Este Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD, declara NO CULPABLE al acusado JOSE MOISES MARRERO MARCANO quien señalo ser Venezolano, natural de Cumaná, de 27 años de edad, soltero, nacido en fecha 22/06/81, titular de la cédula de identidad Nº V-15.110.485, residenciado en calle Petion, casa Nº 12 Municipio Sucre Cumana del Estado Sucre de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE INSTIGADOR, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con al artículo 84 numeral tercero, en perjuicio de las ciudadanas OBDALIS VELASQUEZ y ANA RAMOS, en consecuencia, se les absuelve de la responsabilidad penal por el citado delito en el hecho objeto del presente juicio.- A tenor de lo previsto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, dada la absolutoria, se ordena su libertad desde la sala de audiencias y por ende el cese.....