el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS regulado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado ciudadano GUSTAVO ALEXANDER RUIZ VELASQUEZ, venezolano, 26 años titular de 16.995.766, de oficio mecánico, hijo de Víctor Ruiz Y Milagros Velásquez, residenciado en el barrio Malariologia calle principal casa N° 638; a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION mas las accesorias contenidos en el artículo 16 del mismo Código, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y OCULTAMIENTO DE CARTUCHO Y MUNICIONES, previstos y sancionados en los artículos 277 del Código Penal en relación a los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, en concurso ideal de delitos conforme a los términos en que fue planteada la acusación. Se esta.....