este Tribunal Segundo de Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por las razones antes esgrimidas, cumplidas las exigencias para el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, le otorga al ciudadano BENIGNO RAFAEL VALLEJO, venezolana, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-13.772.502, natural de Cumaná, Estado Sucre, concubina, nacida en fecha 05-01-78, de profesión u oficio ayudante de construcción, hijo de Nilda Rosa Vallejo y Benigno Rafael Rodríguez, residenciad Brasil Sur, sector Valle Lindo, terraza N° 20, casa 03, Cumaná, Estado Sucre ; el cual resultó condenado por la comisión del delito AMENAZAS AGRAVADAS Y VIOLENCIA FISICA., a cumplir la pena definitiva de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley por el tiempo que resta de cumplimiento de la pena impuesta al penado, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pen.....