Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ URBANO, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, de 24 años de edad, obrero, Cedula de Identidad Número V-24.839.605, nacido en fecha 18-12-1991, hijo de Cruceli Urbano y Miguel Rodríguez, y residenciado en San Martín, sector valle nuevo, calle principal, casa n° 61, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 82 ambos del Código Penal, en perjuicio de TOMAS GABRIEL BELLO REYES, y USO DE FACSIMIL COMO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 114 de la ley Orgánica para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.....