PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por la ciudadana LUISA CIRILA SALAZAR DE GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.275.023 en contra de la empresa "ALIMENTOS CORDILLERA, C.A".
SEGUNDO: Se ordena a la demandada cancelar la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (4.380,6). por los conceptos de Antigüedad, Vacaciones Cumplidas, Bono Vacacional, Utilidades, Indemnización del Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización Sustitutiva del Preaviso, Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
TERCERO: De igual manera se le ordena cancelar las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo, por intereses de prestación de antigüedad, los intereses de mora y la corrección monetaria de la cantidad condenada a cancelar, de acuerdo a los parámetros que siguen: Se ordena la Experticia Complementaria del presente fallo, a los fines del calculo de los conceptos de intereses de prestacio.....