este Tribunal Tercero de Control en presencia de las partes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes RESUELVE; Tal como lo señala el Ministerio público, no consta en el expediente ningún elemento que señale al ciudadano CARLOS SANCHÉZ y lo vincule con la comisión de hecho punible alguno, situación esta que señala el ministerio público, lo que conlleva a que exista un obstáculo legal para el desarrollo del proceso por parte de la Fiscalía del Ministerio Público, criterio este que acoge este juzgador y consecuencialmente se decreta la Libertad a favor del ciudadano CARLOS GERARDO SANCHEZ GUERRA, de 18 años de edad, INDOCUMENTADO, domiciliado en Bebedero, sector Guate e cochino, casa 23, Cumaná Estado Sucre; quien quedará en libertad desde esta misma sala de audiencias,