En tal sentido, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del código de procedimiento civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, se declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al ciudadano ANER SIMEON RIVAS RAUSEO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.879.357, su derecho de propiedad que tiene sobre las BIENHECHURÍAS de una casa, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno Municipal, ubicado en la Calle Principal c/c La Rinconada de Sabaneta, Parroquia El Pilar del Municipio Benítez del Estado Sucre, con Número Catastral 19-04-01-04-18-12, la referida parcela de terreno tiene los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con casa que es o fue de Oscar Deyan, con una medida de (40,00 m); SUR: Con Calle La Rinconada, con una medida de (40,00 m); ESTE: Con Casa que fue o es de la sucesión Rausseo, con una medida de (8,00 mts) y OESTE: Con su frente que e.....