En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley imparte HOMOLOGACIÓN el convenio de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, presentado por el Defensor Publico de este Circuito Judicial. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.