En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la abogada ciudadana: MERCEDES AURELIA MOLINA DE MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.947.708 e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 25.965 contra el ciudadano: MARCOS JOSE MORALES MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.641.131, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Registro Civil Municipal de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha catorce (14) de Junio del año dos mil doce (2012)......