Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: La Ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta "OMISSIS", Por La Comisión de Los Delitos de Homicidio Calificado Con Alevosía Y Resistencia A La Autoridad, Porte Ilícito De Arma Y Municiones Previstos en los Artículos 406 Ordinal 1°, 218 Del Código Penal Vigente, 218 Del Código Penal Vigente 111 De La Ley Para El Desarme Y Control Para Armas Y Municiones, En Perjuicio De Carlos Alberto Álvarez Y El Estado Venezolano, por el lapso de dos (02) años, siete meses y trece (13) días Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Cledis González