Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; resuelve:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, a favor del Adolescente OMISSIS, en la investigación relacionada con la comisión del delito HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 Ordinales 3° y 4° ambos del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana YUSMINI DEL VALLE MATA; conforme a lo establecido en el artículo 561 Literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 300, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se da por concluido el proceso respecto a dicho delito. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal por aplicación supletoria dis.....