DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de Ley, de conformidad con el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 48 ordinal 7°, Declara la extinción de la acción Penal y en consecuencia se decreta el sobreseimiento en la presente causa de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318, ordinal 3°, eiusdem, seguida en contra del ciudadano Héctor José Mendoza González, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad N° 16.396.067, nacido el 04-11-79, residenciado en la segunda calle del Lirio, Carúpano, Estado Sucre, hijo de Héctor Mendoza y Rita Mendoza; por el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 ordinal 1 del código penal en perjuicio del Estado Venezolano, se instruye a la Ciudadana Secretaria Administrativa de este Tribunal, para que una vez transcurrido el lapso legal correspondiente se remita las .....