III DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, vista la solicitud presentada por el ciudadano: MIGUEL ANGEL MAESTRE LARA, debidamente identificado y estudiado el caso en cuestión, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ciudadano: MIGUEL ANGEL MAESTRE LARA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.739.678, domiciliado en la calle San Juan de Dios, casa S/N°, de la Ciudad de Cariaco, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre: una cerca perimetral, la cual ocupa un área de construcción de: Norte: Con Treinta y Un metros con Catorce centímetros (31,14 m), p.....