Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ESLENY JOSÉFINA MUÑOZ VÁSQUEZ, Defensora Pública Penal Tercero Auxiliar con competencia en Materia Penal Ordinario, actuando en representación del ciudadano RICHARD ALEXANDER GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 14.499.481, contra Sentencia Definitiva dictada en fecha 30 de abril de 2014, y publicada en fecha 10 de junio de 2014, por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual CONDENÓ al referido ciudadano a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y DOS (02) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una V.....