este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Admitir totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y declara sin lugar lo solicitado por la Defensa, en consecuencia se procede a sancionar al adolescente xxxxxxxxxxxa quien se le inició averiguación por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto en del articulo 458 en concordancia con el 80 segunda parte y el 272 del Código Penal, en perjuicio VICTOR JOSE CARDOZO CARDOZO; a la pena de NUEVE MESES (09) MESES DE PRIVACION DE LIBERTAD, en el delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto en del articulo 458 en concordancia con el 80 segunda parte y el 272 del Código Penal. Se instruye al secretario a los fines de que remita en su oportunidad las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes. Así se decide. Las partes quedan notificadas.....