Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO: SE HOMOLOGA ACUERDO CONCILIATORIO, celebrado entre las partes, en fecha cuatro de mayo del dos mil siete (04-05-07) en el presente asunto, conforme a los artículos 565 y siguientes de la Ley Orgánica del y Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del ciudadano OMISIS, de conformidad con el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la investigación llevada por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el articulo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano OMISIS, en virtud de haberse dado cumplimiento a las obligaciones contraídas. Se acuerda las copias solicitadas, es todo se .....