este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la pretensión de PARTICION DE BIENES HEREDITARIOS interpuesta por los abogados en ejercicio MOHSEN BASSIM ZAJIA y JULIO CESAR HERNANDEZ LUNA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 39.089 y 91.309, quien actuaron con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ARGENIS CARDENAS VILLALBA, ZAIDA TERESA CARDENAS VILLALBA, VESTALIA MARGARITA CARDENAS VILLALBA, RAMON JEREMIAS CARDENAS VILLALBA, FELIX JOSE CARDENAS VILLALBA, DORKA JOSEFINA CARDENAS DE SANCHEZ, DANIEL CALEB CARDENAS VILLALBA, DAVID EUGENIO CARDENAS VILLALBA y ELIZABETH MARIA CARDENAS VILLALBA, portadores de las cédulas de identidad Nros: V-4.183.654; V-8.427.518; V-4.685.053; V-5.692.573; V-5.702.689; V- 8.443.2.....