En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la solicitud interpuesta por el abogado Fernando Carvajal, en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXXXXX, quien es venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad XXXXXXXXXXX, de oficio obrero, domiciliado en XXXXXXXXXXXXXX, en virtud de la investigación iniciada por su presunta comisión en uno de los delitos contra las personas, como lo es el delito de Homicidio Intencional en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código penal, en relación con el articulo 80 ejusdem, en perjuicio de los adolescentes XXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXZ. En tal sentido, se acuerda mantener la medida de prisión judicial preventiva de libertad decretada por el t.....