considera pertinente DECLARAR CON LUGAR lo solicitado por la Representante del Ministerio Público y por la defensa, y en consecuencia, se ACUERDA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de los adolescentes: xxxxxxxxx; por la presunta comisión del delito de ALTERACIÓN AL ORDEN PÚBLICO, previsto en el artículo 216 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se otorga la libertad de los imputados de autos, desde esta misma Sala de audiencias, dejándose constancia que los mismos se retiran en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557 y 628 de la LOPNNA. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho.....