Por todo los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Mixto Segundo de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: CONDENA al acusado Oswaldo José González, venezolano, Mayor de Edad, de 70 años de edad, nacido en fecha 16-05-1935, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.400.775, de profesión u oficio Obrero, Residenciado en Playa Grande Calle la Marina Casa SN, Carúpano Estado Sucre, Hijo de Hildefonso Caraballo ( D ) y de Cleotilde González ( D ), a cumplir la pena de Dos (2) años de Prisión por haber incurrido en la comisión del delito de Actos Lascivos, previsto y sancionado el articulo el Articulo 377 segundo aparte del Código Penal, en relación al articulo 375 numeral 1° Ejusdem, en perjuicio de la niña Domingela Alexandra Vargas Hernández, mas la penas accesorias establecidas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal, pena que deberán cumplir en el establecimiento penitenciario que designe el Tribun.....