En tal sentido debe este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: EN PRIMER LUGAR: Se declara sin lugar la solicitud de nombramiento como abogado acusador, con el fin de ejercer la acusación, por ser la misma extemporánea, ello por cuanto nos encontramos en la fase de juicio y no de control. EN SEGUNDO LUGAR: Se Acuerda declara sin lugar la solicitud de nombramiento de correo especial para efectuar citaciones correspondientes, ello por cuanto este Tribunal, considera que deben agotarse las vías necesarias establecidas en la norma para la notificaciones, garantizadose de esta forma la igualdad y equidad para ambas partes