Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda fijar un lapso de cuarenta (40) días continuos conforme al articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines que la representante del Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente, en la causa seguida al adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXX por la presunta participación en uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, en perjuicio del ciudadano ROSMARY MARTÍNEZ.- Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, a los fines que sean anexados a la causa principal. Los presentes quedan notificados en sala con la lectura y firma de la presente acta