En consideración a los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO DE APELACION interpuesto por el ciudadano YVAN JOSE SALAZAR abogado inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 91.756, apoderado judicial del ciudadano GREGORI JOSE CHIRINOS GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº. V- 19.345.542, parte recurrente. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de fecha catorce (14) de junio de dos mil diecisiete (2017), dictado por el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre TERCERO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo. CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre, a los fines legales consiguiente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firm.....