Por las razones antes expuestas, este Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado REIBER MANUEL BONILLO BOADA, venezolano, natural Porlamar Estado Nueva Esparta, de 34 años de edad, nacido en fecha 31.05.1983, Casado, titular de la Cédula de Identidad V-16.826.448, profesión u oficio Comerciante, hijo de Regulo Manuel Bonillo Acosta Y De Vertí José Boada Mata, residenciado en los bloques de playa grande bloque 13 piso 07, Carúpano municipio Bermúdez del estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE A LA INVESTIDURA DEL FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado el articulo 223 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, el cual consistirá en presentaciones periódicas cada SESENTA (60) días por el lapso de OCHO (08) .....