Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos YULEIMA ELENA TRUJILLO CANICHE, ALEXIS JOSÉ MÁRQUEZ Y OTROS, venezolanos, mayor de edad, en contra de la empresa FERROCANNOS, C.A, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción Judicial del estado Sucre, a los once (11) días del mes de agosto del año 2014. ) Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA
ABG. JHINEZKHA DUERTO VÁSQUEZ