este Tribunal Segundo de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley. Se CONDENA a JOSE DEL VALLE AGUILERA, venezolano, natural de Río Seco, Municipio Cajigal, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.922.133, nacido en fecha 08-09-1982, de 28 años de edad, de profesión u oficio agricultor, Zoraida Aguilera y padre desconocido, y domiciliado en el caserío Río Seco de Venturini, sector la Plaza, casa s/n, cerca de la bodega del señor Carlos, Municipio Cajigal del Estado Sucre, a cumplir una pena SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley por la comisión de los delitos de POSESION ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 153, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se acuerda en consecuencia la inmediata Libertad del acusado desde esta sala de Audiencias.-