Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor del ciudadano JULIO CÉSAR LEZAMA ANDRADE, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 19.854.445, de 19 años de edad, (contaba con 16 años de edad para el momento de ocurrir los hechos), nacido en fecha 25-01-87, hijo de Jesús Natividad Andrade y José Lezama, domiciliado en Nurucual arriba, Sector el Charal, casa S/N, Municipio Raúl Leoni del Estado Sucre; a quien se le atribuyó la presunta participación en el delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha de los hechos en perjuicio de La Colectividad; con fundamento en los artículos 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y .....