por autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD RESUELVE: Se absuelve al acusado CARLOS DAVID GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N°. 17.213.906, venezolano, de 21 años de edad, soltero, sin oficio, residenciado en La urbanización Fe y Alegría sector 03, vereda 17, casa N°. 10, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; de la comisión del delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 407 en concordancia con el articulo 426 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MARVIN ARGENIS FRONTADO BETANCOURT. De conformidad con lo previsto en el artículo 268 del código Orgánico Procesal Penal las costas del presente proceso corresponderá al Estado Venezolano. Como consecuencia de la presente decisión se ordena el cese de toda medida de coerción personal que haya sido decretada en contra del acusado en este proceso