En base a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación interpuesta por los Ciudadanos Domingo José González Y Felianna José Ovelmejías Villarroel, titulares de la Cédula de Identidad Nros: V-9.458.671 y V-13.731.033, respectivamente, asistidos por la Abogada Marianella Bolívar, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.927, contra la sentencia Interlocutoria dictada en fecha 06 de Junio de 2019, por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: SE REPONE, la causa al estado de que el Tribunal A Quo, ordene la corrección del escrito de solicitud mediante un de.....