Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR los Recursos de Apelaciones interpuestos por los abogados ANA ABIGAIL GARCÍA y ALBERTO GONZÁLEZ MARIN, abogados en ejercicio, actuando en representación del ciudadano RONALD JOSÉ FIGUEROA CÓRDOVA, contra Sentencia Definitiva dictada el 07 de Marzo de 2016 y publicada el 07 de Marzo de 2016, por el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual lo CONDENÓ por el delito de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio de los ciudadanos ALLAIN DE ROUXEL MARIA HELENE y ROUXEL CRISTHIAN RAYMON YVES, a cumplir la pena definitiva de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN y por el Abogado LUÍS SANTANA Fiscal Primero del Min.....