DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Económica, respecto del imputado CARLOS ANTONIO LOPEZ CENTENO, Venezolano, natural de Río Salado, de 21 años de edad, nacido en fecha: 07/08/1990, de profesión u oficio pescador, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº - 20.565.099, hijo de: Josefina de López y Alfonso López, residenciado en: Guiria, Río Salado, Calle principal, casa sin número, frente a la iglesia, municipio Valdez, Estado Sucre; debiendo el referido ciudadano cumplir con las siguientes obligaciones: 1- Régimen de presentaciones de cada Quince (15) días por el lapso de seis (06) meses ante la Comandancia de Policía de Guiria Municipio Valdez; 2.- La Prohibición de no ausentarse de la jurisdicción del Estado Sucre; 3.- Prohibición de efectuar cambio de domicilio o residencia sin informar o participar de ello al Tribunal, y 4.- la prohibición de Cometer nuevos delitos; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256, numerale.....