En este estado este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones.
En la presente causa observa esta instancia que la parte actora "SERVICIOS TÉCNICOS MARÍTIMOS, C.A" (S.T.M.), Empresa inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 5, Tomo 16-A, de fecha 07 de Noviembre del 1.973, en la persona de su Apoderado Judicial Abogado en Ejercicio JUAN RAMÓN LUDERT JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 950.253, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.598, con domicilio en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, pretende el pago de los instrumentos cambiarios consignados a los autos, los cuales derivan a su vez del contrato suscrito por la parte demandante con la Empresa "DISTRIBUIDORA NAVIERA DEL CARIBE, C.A, Sociedad Mercantil Inscrita en el Registro Segundo Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de Marzo del 1.979, bajo el N.....