Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el Abogado en ejercicio JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, en su carácter de Defensor Ad-Litem de los ciudadanos VICENZO CASERTA ESTANCO y DONATO CASERTA ESTANCO; contra el auto de fecha Doce (12) de Junio de 2.008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que oyó en un solo efecto la apelación interpuesta por él contra el auto de fecha Doce (12) de Mayo de 2.008. Así se decide.
Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado de la causa.