1°. Está probado en el expediente que los ciudadanos LUISA CAROLINA GOMEZ JIMENEZ y CARLOS AGUSTO BLANCO PARRA, contrajeron matrimonio en fecha veintitrés (23) de Septiembre del año Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
2°. Consta en autos que el último domicilio conyugal en la Urbanización Virgen Del Valle, casa N° 19, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre
3°. Consta en el expediente que la ciudadana ABG. ERIKA BERMUDEZ, en su condición de Fiscal (encargada) Cuarto del Ministerio Público en Materia de Familia del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, no hizo Oposición a la solicitud de divorcio presentada.
La parte demandada se logró notificar por la vía telemática, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia N° 386 de fecha 12 de agosto de 2022, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, que es.....