Por las razones expuestas, este el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para conocer y decidir el recurso contencioso Funcionarial, interpuesto por los Abogados Alex González García y Elina Guerra, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 22.338 y 10.491, respectivamente, apoderados Judiciales del ciudadano Carmelo José Valencia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.843.836, contra la Alcaldía del Municipio Libertador del estado Sucre.
SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por haber operado la caducidad.