SOLICITANTE: PEDRO JOSE GARCIA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Avenida Cancamure, Sector Villa Romana, Primera Calle, Casa Nº 22, Cumana, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad número V-5.692.844, asistido de la Abogada en ejercicio YANNA LUCILA GOITIA ANCHETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 165.394.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: DEFINITIVA
Este Tribunal conoce de la presente solicitud, previa Distribución por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, mediante escrito presentado por el ciudadano: PEDRO JOSE GARCIA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Avenida Cancamure, Sector Villa Romana, Primera Calle, Casa Nº 22, Cumana, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad número V-5.692.844, asistido de la Abogada en ejercicio YANNA LUCILA GOITIA ANCHETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 165.394, en.....