Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado por la Abogada Yohagglys del Valle Ruiz Bermúdez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 133.541, apoderado Judicial del ciudadano Julio César Espinoza Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.788.123, de la manera siguiente: 1) Con respecto a la prueba Documental, este Juzgado admite la admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.