En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, considerando que la presente conciliación cubre la exigencias del Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Maritza Victoria Caraballo, venezolana, ocupación del hogar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V.15.928.753, residenciada, en el sector Fundo san Juan, calle Principal de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre y Alejandro Jose Lopez Figueroa, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-13.924.906, domiciliado en el sector Guarapiche, calle principal, s/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre. Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.
Publíquese, Regístrese.....