En el presente caso, se presume que el Abogado solicitante se ha referido a la diligencia presentada en fecha: 16-01-09 por el Abogado CARLOS JAVIER TINEO Apoderado Judicial de la Parte Actora, y donde pide que se fije la cantidad de Veinte Mil Bolívares fuertes (Bs.20.000,00) como costas procesales, entre otros aspectos y a la sentencia dictada por este Tribunal que resolvió lo pedido en la referida diligencia y en la que también se ordenó notificarla a las partes a los efectos de que ejercieran sus recursos de Ley; decisión esta que quedó firme y aceptada por las partes por falta de oportuna apelación. Igualmente consta en autos, que la parte contraria nunca hizo oposición contra lo solicitado por el Abg. CARLOS JAVIER TINEO Apoderado Judicial de la Parte Actora en su referida diligencia de fecha; 16-01-09, es decir, que el contenido de la misma también fue admitido por la contra parte, en forma tácita o por guardar silencio, por lo que a estas alturas del proceso entr.....