este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia decreta El Sobreseimiento de la causa, seguida al imputado: Roger José Espinoza Hernández, venezolano, mayor de edad, comerciante, soltero, titular de la cedula de identidad Nro.- 11.648.038, residenciado en Villa de Cura, casa s/n, Estado Aragua, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el articulo 472 del Código Penal vigente para la época, en perjuicio del ciudadano: Armando Ramón Montaño Díaz, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión docente, titular de la cedula de identidad Nro.- 3.134.114, residenciado en la avenida Gran Mariscal, residencia Gran Mariscal, apto. 8-4, piso 03, Cumana-Estado Sucre. Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318, numerales 4 del Código Orgánico Proces.....