Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesta por los ciudadanos Jesús Eduardo Guerrero y Adela Hernández de Guerrero, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 8.437.845 y 8.424.820, respectivamente, asistidos por el Abogado Rodrigo José Hernández Diaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 146.858, contra la Resolución Nº 237 de fecha 17 de octubre de 2011, dictado por la Alcaldía del Municipio Sucre del estado Sucre.
TERCERO: ORDENA la notificación de los ciudadanos, Fiscal General de la República, Alcalde del Municipio Sucre del estado Sucre y Síndico Procurador Municip.....