CONDENA al acusado ARMANDO JOSÉ RIVERA, quien es venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17. 317. 756 , nacido en fecha 12-12-82 , soltero, de Profesión u Oficio Albañil, Domiciliado en Calle Principal, casa s/n, del Sector Valle Verde, cerca de la Bodega de Goyo, Estado Sucre, a cumplir la pena de Seis (06) años de Prisión, por la comisión del delito de Robo Simple, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de José Luis Mújica Hurtado, de conformidad con lo establecido en los artículos 455, 37 y 74 del Código Penal y 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se niega la Medida Sustitutiva de Libertad, y se mantiene la Medida de Privación de Libertad. Se deja constancia que el penado se encuentra actualmente recluido en el Internado Judicial de esta Ciudad.