por autoridad de la Ley DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PRESENTE PROCESO seguido a JEAN CARLOS LOBATON FIGUERA, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 17.538.127, de profesión obrero en REMAVENCA Cumaná y estudiante, nacido en fecha 20/05/84, hijo de carmen Figuera y Pedro Lobaton, residenciado en el barrio Universitario, casa No. 07, entrando a la llanada, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de Violencia Física previsto en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia en perjuicio de Olga María Córdova, con la condición de residir en esta Jurisdicción en la dirección que ha indicado a este Tribunal, la prohibición de acercamiento a la victima y a su núcleo familiar y permanecer trabajando durante el periodo que dure el lapso, que en este caso es de un (01) año a partir de la presente fecha, y una vez cumplido el mismo se verificará el cumplimiento de las condiciones, todo de conformidad co.....