Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio ELISA VASQUEZ VIZCAINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.596, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra del auto que admitió el medio probatorio de Inspección Judicial, contenida en el Capítulo Segundo del Escrito de Promoción de Pruebas de la parte accionada; dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 01 de Diciembre de 2006. En consecuencia declara INADMISIBLE dicha prueba.
Queda de esta manera MODIFICADO el auto apelado.