En tal sentido este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando de conformidad con los artículos 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento planteada por la ciudadana: DAMARYS EUSTACIA MARTÍNEZ HURTADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.062.208; SEGUNDO: Se ordena la Rectificación del Acta De Nacimiento Nº 1442, en los Libros de Registro Civil llevados en el Registro Civil del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, respecto al año de nacimiento siendo lo correcto 14 de Septiembre de 1981. TERCERO: Se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 1442, en los Libros de Registro Civil llevados en el .....